Ayudas para autónomos 2018 y bonificaciones

 En AUTÓNOMOS

Si estás pensando en hacerte autónomo, existen distintas ayudas y subvenciones que permiten a los emprendedores mejorar su situación financiera a la hora de crear su propio negocio.

En los últimos años, desde las Administraciones Públicas se han promovido diferentes mecanismos para dotar de ayudas y subvenciones a los autónomos. Las vías han sido varias (créditos blandos, bonificaciones en las cuotas, exenciones fiscales…) y muchas han ido destinadas a jóvenes.

 

Tarifa plana autónomos 2018

En las pasadas legislaturas, los gobiernos intentaron fomentar el autoempleo y el ánimo emprendedor aliviando las cargas fiscales de los nuevos empresarios con nuevas medidas. Asimismo, a través del Real Decreto Ley 4/2013, de medidas de apoyo al emprendedor, el Gobierno permitió que los autónomos pagaran una cuota mensual reducida a la Seguridad Social, la popular “Tarifa Plana de los autónomos”. Esta`tarifa plana´ supone, como bien decimos, aliviar de manera temporal la cuota total a pagar mensualmente por trabajadores autónomos a la Seguridad Social cuando comiencen su andadura laboral por cuenta propia.

En un principio ésta se estableció durante un período de 6 meses, pero con la nueva Ley de Reformas Urgentes del Trabajo Autónomo se amplía hasta los primeros 12 meses de actividad, siempre y cuando el alta como autónomo se produzca a partir del 1 de enero de 2018.

 

¿Cuáles son los requisitos para poder disfrutar de la Tarifa Plana de Autónomos?

  1. No haber estado dado de alta como autónomo en los 2 años inmediatamente anteriores optando por la base de cotización mínima.
  2. No ser “autónomo societario”, es decir, administrador de una sociedad mercantil.
  3. Estar al corriente de pago de todas las obligaciones con Hacienda y la Seguridad Social.
  4. No ser autónomo colaborador ni encontrarse en situación de pluriactividad. Este tipo de autónomos tienen otras bonificaciones, pero no pueden acceder a la `tarifa plana´.

 

¿Cómo funciona la Tarifa Plana? ¿Cuánto se paga y durante cuánto tiempo?

Esta Tarifa Plana de los autónomos es conocida popularmente como la “Tarifa Plana de 50 euros”, aunque tiene periodos diferenciados

  • Los primeros 12 meses:  se paga una cuota de 50 euros mensuales siempre que el autónomo elija su base de cotización mínima, ya que, si es otra mayor, la reducción será del 80% de la cuota.
  • Del mes 13 al 18: una reducción del 50% sobre la base de cotización mínima, lo que supone una cuota de 137,92 euros mensuales.
  • Del mes 19 al 21:  una reducción del 30% sobre la base de cotización mínima, restando una cuota mensual de 192,79 euros.
  • Del mes 22 al 24: bonificación del 30% sobre la base de cotización, misma cuota anterior.

 

Hay una serie de casos especiales en cuanto a las bonificaciones. ¿Cuáles son?

Existen otros grupos de trabajadores a los cuales también se le aplica esta`tarifa plana´, pero con otras bonificaciones.

  • Víctimas de violencia de género
  • Víctimas de violencia terrorista
  • Trabajadores y trabajadoras con una discapacidad igual o superior al 33%

¿De qué bonificaciones especiales se trata?

  • Cuota de 50 euros durante los primeros 12 meses
  • Bonificación del 50% de la cuota hasta pasados cuatro años desde el inicio de la actividad.

 

Tarifa plana para madres autónomas

Aquellas mujeres autónomas que hayan sido madres y hayan dejado su actividad, pueden beneficiarse también de una tarifa plana de 50 euros (o una bonificación del 80% de la cuota de cotización por contingencias comunes si no escogen la base de cotización mínima) de un año de duración si reemprenden la actividad antes de que hayan pasado dos años desde el cese.

 

¿Cómo funciona la Tarifa Plana en la cobertura por desempleo y accidentes profesionales?

Con la Tarifa Plana, el autónomo tiene cubierta la asistencia sanitaria y su cotización para la jubilación. Si bien, no disfruta de la cobertura por desempleo y accidentes profesionales de trabajo.

Para tener acceso a estas prestaciones, el trabajador puede optar por no cotizar por la base mínima y ampliar la cuota mensual de los 50 a los 80 euros.

 

Deducciones en el IRPF para autónomos: bonificaciones y tipos

Existen bonificaciones específicas para emprendedores, ya que, en el caso de los nuevos autónomos en actividades profesionales, en el año en que se dan de alta y los dos siguientes la retención a practicar es el 7%, siempre que en el año anterior no hayamos realizado actividades profesionales. Después la retención será del 15%.

 

 

¿Posibilidad de cobrar el paro anterior al darte de alta como autónomo?

El autónomo emprendedor puede acogerse a dos formas de cobrar su paro correspondiente:

 

Capitalización de la prestación por desempleo

Las personas desempleadas beneficiarias de la prestación contributiva y que quieran iniciar una actividad por cuenta propia, pueden solicitar el cobro de la prestación en un pago único, esto es, recibir el total de la prestación a la que tenga derecho y pendiente de percibir, siempre y cuando le queden al menos tres meses por recibir.

Para poder acogerse a esta capitalización, el inicio de la actividad debe comenzar en el mes siguiente a cobrar el dinero. Por ejemplo, si el autónomo comienza a cobrar el paro en el mes de noviembre, debe de pedir la capitalización del paro en el mes de diciembre y darse de alta como autónomo en el mes de enero.

 

Otras formas de trabajar y cobrar el paro

Existen otras fórmulas de disfrutar de la prestación por desempleo:

  • Compatibilizar el paro con el trabajo por cuenta propia: si el trabajador tiene menos de 30 años en el momento en el que te des de alta como autónomo, puede compatibilizar el paro con el trabajo por cuenta propia por un máximo de 270 días o durante el tiempo que te quede por percibir la prestación contributiva.
  • Suspensión y reanudación de la prestación contributiva: en el supuesto de que el proyecto resultase inviable, el trabajador podrá solicitar la reanudación del cobro del paro hasta cinco años después de haber iniciado su actividad.

 

 

Últimas entradas
0

Al continuar utilizando nuestro sitio web, usted acepta el uso de cookies. Más información

Uso de cookies

Este sitio web utiliza cookies para que usted tenga la mejor experiencia de usuario. Si continúa navegando está dando su consentimiento para la aceptación de las mencionadas cookies y la aceptación de nuestra POLÍTICA DE COOKIES, pinche el enlace para mayor información. Además puede consultar nuestro AVISO LEGAL y nuestra página de POLÍTICA DE PRIVACIDAD.

Cerrar