¡Reclama cláusula suelo + gastos de hipoteca!
Si has reclamado extrajudicialmente al banco la devolución de las cantidades indebidamente cobradas y,
– El banco ha rechazado tu solicitud negándose a abonar cantidad alguna.
– No ha respondido a tu solicitud en el plazo de 3 meses.
– No estás de acuerdo con la cantidad que te ofrece la entidad financiera, o bien
– Si ha transcurrido el plazo de 3 meses sin que te hayan ingresado la cantidad ofrecida.
ES EL MOMENTO DE RECLAMAR POR LA VÍA JUDICIAL LAS CANTIDADES COBRADAS DE MÁS POR LA APLICACIÓN DE LA CLÁUSULA SUELO Y RECUPERAR TAMBIÉN LOS GASTOS QUE PAGASTE EN SU DÍA POR LA CONSTITUCIÓN DE TU HIPOTECA.
CLÁUSULA SUELO
¿Qué es la cláusula suelo?
La cláusula suelo es una estipulación contractual contenida en muchos contratos de préstamo hipotecario que establece un interés mínimo a pagar en las mensualidades de la hipoteca, independientemente del tipo de interés marcado por el mercado.
¿Cómo funciona la cláusula suelo?
Impidiendo al consumidor que se beneficie de las bajadas del EURIBOR. El EURIBOR es el tipo de referencia en nuestro país del cual depende la cuota mensual que pagamos por nuestra hipoteca, de manera que si baja el Euribor (como ha ocurrido en los últimos años) debería bajar la cuota. No obstante, esto no ha ocurrido debido a que los bancos impusieron al consumidor las cláusulas suelo lo que supuso que las cuotas hipotecarias permanecieran invariables a pesar de las bajadas del Euribor.
¿Cómo sé si estoy afectado por la cláusula suelo?
Para saber si tu hipoteca está afectada por la cláusula suelo, revisa tu escritura hipotecaria en el apartado de cláusulas financieras. Límites de la variabilidad del tipo de interés, límites a la aplicación del interés variable son algunos de los términos utilizados por los bancos para camuflar la cláusula suelo.
¿Puede anularse la cláusula suelo?
Nuestro Tribunal Supremo ha declarado la nulidad de las llamadas “cláusulas suelo” que no cumplan los requisitos de transparencia o claridad, por considerarlas abusivas.
¿Puedo reclamar TODO el dinero pagado de más por la aplicación de la cláusula suelo?
Sí se puede recuperar TODO desde el inicio de la hipoteca. Según la Sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea del 21 de Diciembre de 2016, las entidades bancarias deberán devolver todas las cantidades pagadas de más por motivo de la aplicación de esta cláusula, desde la fecha formalización de la hipoteca.
¿Puedo reclamar aunque mi hipoteca esté cancelada?
Aunque hayas cancelado tu hipoteca tienes derecho a reclamar las cantidades cobradas de más si cancelaste tu hipoteca hace menos de 4 años. Si terminaste de pagar tu hipoteca, por ejemplo, en mayo de 2016 tienes de plazo para reclamar hasta mayo de 2020.
¿Y si firmé un acuerdo con el Banco que me obligaba a renunciar a demandar por la cláusula suelo?
Si has firmado un acuerdo para renunciar a la cláusula suelo, ¡es nulo!. ¿Por qué? Por un lado, porque la renuncia previa a los derechos que la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios reconoce a los consumidores es nula y por otro, porque la renuncia no nace de la libertad contractual de la persona sino del miedo a no beneficiarse de la eliminación de la cláusula suelo.
Aunque hayas firmado este tipo de documento puedes reclamar todo lo pagado de más.
GASTOS DE HIPOTECA
En diciembre de 2015, el Tribunal Supremo consideró nulas las cláusulas que obligaban al consumidor al pago de los gastos de formalización de hipotecas por considerarlas abusivas.
Lo que viene a señalar es que el que tiene el interés principal en la constitución del préstamo hipotecario es el banco y, por tanto, tiene que hacerse cargo de los gastos.
¿Qué gastos puedes reclamar?
Se estipula que estos gastos giran en torno a los 2000 o 3000 € por hipoteca. Se trata de las facturas que habitualmente se adjuntan a la hipoteca:
– Factura de la NOTARÍA correspondiente a la Escritura de Préstamo Hipotecario.
– Factura del REGISTRO DE PROPIEDAD por la inscripción de la Hipoteca.
– IMPUESTO DE ACTOS JURÍDICOS DOCUMENTADOS que grave la Escritura de Préstamo Hipotecario.
– Gastos de TASACIÓN de la vivienda.
– Gastos de GESTORÍA, siempre y cuando su intervención se haya impuesto por el banco.
¿Qué plazo tengo para reclamar?
Si tu hipoteca sigue vigente tienes un plazo de 4 años desde el 24 de diciembre de 2015. Si tu hipoteca ya está cancelada, puedes reclamar si la cancelaste dentro de los 4 años
anteriores al 23 de diciembre de 2015.
¿Eres uno de los afectado por la inclusión de estas cláusulas en tu hipoteca?
Ponte en contacto con nosotros y reclama lo que es tuyo.
¿Cómo funciona nuestra reclamación?
En caso de que nos elijas llevaremos a cabo el siguiente proceso
1. Tendremos una primera visita GRATUITA donde te proporcionaremos la valoración inicial del caso. Sin ningún coste y sin compromiso, revisamos si tu hipoteca está afectada por cláusulas abusivas y te informamos de lo que puedes reclamar.
2. Intentamos una solución amistosa con la entidad financiera, con el objetivo de lograr el mejor resultado para ti. En caso de no llegar a un acuerdo, iniciamos la reclamación judicial ante el juzgado correspondiente.
3. Nuestros honorarios son absolutamente transparentes y solo se abonarán si tu caso tiene éxito. Confiamos plenamente en el éxito del proceso y por ello, SOLO COBRAMOS CUANDO GANAMOS